Derecho de retención del vehículo en talleres.

Un apunte rápido pero muy interesante y muy práctico. Algo bastante desconocido en general, incluso por los propios interesados es del derecho de retención previsto en el Art. 1.600 del Código Civil.

Dicho precepto faculta a todos aquellos que hayan realizado una reparación en una cosa mueble (en un objeto), a retener el producto reparado hasta que sean pagados.

retencion

Ejemplo cartel derecho retención

En el caso más habitual por frecuencia e importancia, los talleres que reparen un vehículo pueden quedarse con él hasta que les sea abonada la reparación. Para ello basta que coloquen en lugar visible (para no infringir las normas de consumidores y usuarios) un cartel en el que indiquen la aplicación de dicho precepto.

A la inversa, si eres consumidor, se debe exigir que el aviso esté en lugar visible al público para que te exijan pagar la reparación a cambio de poder sacar el vehículo. Por eso, para no llevarse sorpresas, exige el presupuesto antes de ordenar la reparación, ya que la entrega de presupuesto también es obligatoria para los talleres.

Lo anterior es perfectamente válido para cualquier tipo de reparación, como puede ser el caso de móviles, electrodomésticos, etc.

Acerca de Enrique Centeno

Abogado multidisciplinar
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